Barandillas CTE DB-SUA: altura, huecos y pasamanos

Cuando un proyecto incluye una barandilla, las primeras preguntas suelen ser las mismas: ¿a partir de qué desnivel es obligatoria?, ¿qué altura mínima debe tener?, ¿qué separación puede haber entre barrotes o varillas? y ¿cómo se resuelve el pasamanos de una escalera? En España, la respuesta está en el Documento Básico de Seguridad de Utilización y Accesibilidad del Código Técnico de la Edificación (CTE DB-SUA), en concreto en su sección SUA 1, dedicada a la seguridad frente al riesgo de caídas.

En esta guía resumimos las exigencias del DB-SUA que más afectan al diseño y a la elección de una barandilla de acero inoxidable, de vidrio o de forja. Es un resumen orientativo: el proyectista y la dirección facultativa son quienes validan cada caso, y conviene contrastar siempre el texto oficial vigente.

Cuándo es obligatoria una barandilla según el CTE

El DB-SUA exige disponer barreras de protección en los desniveles, huecos y aberturas, tanto horizontales como verticales, cuando la diferencia de cota es mayor que 55 cm. Existen excepciones recogidas en el propio documento, como las zonas en las que la caída es muy improbable o aquellas en las que la barrera sería incompatible con el uso previsto del espacio.

En la práctica, esto afecta a terrazas, balcones, azoteas accesibles, ventanas con antepecho bajo, rellanos, huecos de escalera, patios y cualquier borde de forjado o escalera exterior que supere ese desnivel.

Altura mínima de la barandilla

La sección SUA 1 fija la altura mínima de la barrera según la diferencia de cota que protege:

  • 0,90 m cuando la diferencia de cota que protege no excede de 6 m.
  • 1,10 m en el resto de los casos.
  • En huecos de escalera de anchura menor de 40 cm se admite 0,90 m.

La altura se mide desde el nivel del suelo terminado hasta el borde superior de la barrera. Si el diseño incluye un pasamanos o un perfil superior, es ese elemento el que marca la cota final. Si quieres profundizar en el caso concreto de las escaleras, lo desarrollamos en nuestro artículo sobre la altura ideal de las barandillas de escalera.

Esquema de la altura mínima de una barrera de protección: 0,90 m para desniveles de hasta 6 m y 1,10 m en el resto de casos, según el CTE DB SUA 1
Figura 1. Altura mínima de la barrera de protección según el CTE DB SUA 1.

Huecos, barrotes y varillas: la esfera de 10 cm

Una de las condiciones que más condiciona el diseño es la de las aberturas. En viviendas, escuelas infantiles y zonas de uso público de establecimientos comerciales o de pública concurrencia, las barreras no pueden tener aberturas que permitan el paso de una esfera de 10 cm de diámetro. En otros usos de las zonas de uso público, el DB-SUA aplica la misma condición con una esfera de 15 cm.

Esta regla se tiene en cuenta al elegir la separación entre varillas verticales o horizontales, la distancia entre el vidrio y el forjado o el hueco libre bajo el pasamanos. Un sistema modular bien definido ya contempla estas separaciones, por eso resulta útil trabajar con kits de barandilla de acero inoxidable que parten de dimensiones pensadas para cumplir.

Que no se pueda escalar: la zona entre 30 y 80 cm

En los mismos usos (viviendas, escuelas infantiles y zonas públicas de comercio y pública concurrencia), la barrera debe dificultar la escalada. El documento lo concreta en dos franjas de altura:

  • Entre 30 y 50 cm sobre el nivel del suelo: no debe haber puntos de apoyo ni salientes de más de 5 cm.
  • Entre 50 y 80 cm: no debe haber salientes con una superficie sensiblemente horizontal de más de 15 cm de fondo.

Por eso los diseños con travesaños horizontales a poca altura requieren análisis específico, y por eso los sistemas de vidrio sin elementos horizontales en la parte baja resuelven esta exigencia con facilidad.

Esquema de las franjas anti-escalada de 30 a 50 cm y de 50 a 80 cm y de la esfera de 10 cm que no debe pasar por los huecos de una barandilla
Figura 2. Franjas anti-escalada y abertura máxima de los huecos.

Resistencia de la barrera

El DB-SUA indica que las barreras de protección tendrán resistencia y rigidez suficientes para soportar la fuerza horizontal definida en el DB SE-AE (Acciones en la edificación). El valor depende del uso del edificio y de la zona, y es el proyectista quien lo determina. Al elegir un sistema conviene pedir la documentación técnica del fabricante, y en el caso del vidrio seguir las indicaciones del informe técnico del sistema para seleccionar el tipo y el espesor adecuados.

Pasamanos en escaleras

Para las escaleras, el apartado de pasamanos de SUA 1 establece, entre otras, estas condiciones:

  • Las escaleras que salven una altura mayor de 55 cm necesitan pasamanos al menos en un lado, y en ambos lados cuando su ancho libre supera 1,20 m.
  • El pasamanos se sitúa a una altura comprendida entre 90 y 110 cm.
  • Cuando el tramo es más ancho de 4 m se requieren pasamanos intermedios, separados como máximo 4 m.
  • La separación entre el pasamanos y el paramento vertical debe ser de al menos 4 cm.
  • En escuelas infantiles y centros de primaria se exige además un segundo pasamanos a menor altura, entre 65 y 75 cm.

Estos requisitos también se aplican a los pasamanos fijados a pared. Puedes ver soluciones y criterios de elección en nuestra guía de pasamanos para pared y en la de pasamanos de exterior.

Esquema de la altura del pasamanos de una escalera, entre 90 y 110 cm, y de la separación mínima de 4 cm a la pared
Figura 3. Altura y separación a la pared del pasamanos de escalera.

Resumen de las cifras clave del DB-SUA 1

Aspecto Exigencia del DB-SUA
Barrera obligatoria Desnivel mayor de 55 cm
Altura mínima 0,90 m (hasta 6 m de desnivel) o 1,10 m (resto de casos)
Aberturas Sin paso de una esfera de 10 cm (15 cm en otros usos de zonas públicas)
Zona de 30 a 50 cm Sin apoyos ni salientes de más de 5 cm
Zona de 50 a 80 cm Sin superficies horizontales de más de 15 cm de fondo
Pasamanos de escalera Entre 90 y 110 cm de altura; separación mínima de 4 cm a la pared

Cómo aplicarlo al elegir material y sistema

Las exigencias del CTE son independientes del material, pero condicionan cada solución de una forma distinta:

Preguntas frecuentes

¿Qué altura mínima debe tener una barandilla de terraza?

Según el DB-SUA 1, 0,90 m cuando el desnivel protegido no excede de 6 m y 1,10 m en el resto de los casos. Revisa siempre la cota real del proyecto.

¿Cuánto puede medir el hueco entre barrotes?

En viviendas y zonas de uso público de comercio y pública concurrencia, el hueco no debe permitir el paso de una esfera de 10 cm de diámetro. En otros usos de zonas públicas, la esfera es de 15 cm.

¿A qué altura va un pasamanos de escalera?

Entre 90 y 110 cm. Además, debe quedar separado al menos 4 cm del paramento si se instala junto a una pared.

¿El CTE obliga a poner pasamanos en ambos lados de la escalera?

Basta con un lado en las escaleras que salvan más de 55 cm, salvo cuando el ancho libre supera 1,20 m o concurren otros supuestos que fija el propio documento. En esos casos se necesita pasamanos en ambos lados.

Fuentes consultadas

Este artículo se ha elaborado con el apoyo de inteligencia artificial.

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